Si sólo lees esto
- La obra se registra en el SIROC dentro de los cinco días hábiles siguientes al inicio de los trabajos.
- Registran el propietario, el contratista y cada subcontratista, cada uno su parte.
- Suspender, reanudar, cancelar o terminar la obra también se avisa, con el mismo plazo de cinco días hábiles.
- Lo que declaras en el SIROC se cruza con tu nómina en el SUA. Si no cuadra, el IMSS revisa.
Qué es el SIROC y a quién obliga
El Servicio Integral de Registro de Obras de Construcción es la plataforma en línea del IMSS para registrar cada obra, sus fases y sus incidencias. Sustituyó a los formatos SATIC y es obligatorio desde el 1 de septiembre de 2017, conforme al Acuerdo ACDO.SA2.HCT.280617/148.P.DIR del Consejo Técnico del IMSS.
El fundamento está en los artículos 5, fracción III, 9 y 12 del Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado. Obliga a quien se dedica a la construcción de forma permanente o esporádica:
- Obra privada: propietario, contratistas, subcontratistas e intermediarios.
- Obra pública: contratistas, subcontratistas e intermediarios.
No hay monto mínimo que te libere. Una remodelación también es obra.
El plazo es corto: cinco días hábiles desde el inicio
El registro se presenta dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha de inicio de los trabajos. El trámite es gratuito, está disponible todos los días del año y no pide adjuntar documentos. El IMSS eliminó los presupuestos, planos y explosiones de insumos que exigía el esquema anterior.
Lo que necesitas tener antes de entrar al sistema
- e.firma vigente del patrón o sujeto obligado.
- Registro patronal vigente, de la subdelegación que corresponda a la ubicación de la obra.
- Usuario en el escritorio virtual del IMSS.
- Datos del contrato: partes, fechas de inicio y de término, y monto sin IVA.
- Ubicación, tipo y clase de obra, y superficie de construcción.
- Si eres subcontratista: el número de registro de obra de quien te contrató.
Cómo se registra la obra
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Entra al SIROC
Desde los servicios digitales del IMSS, con tu e.firma.
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Elige tu papel en la obra
Propietario, contratista, subcontratista o intermediario. De eso depende qué datos te pide el sistema.
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Captura la obra
Ubicación, tipo de obra, monto sin IVA ni decimales, superficie, y fechas de inicio y término.
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Relaciona a tus subcontratistas
Cada uno hace después su propio registro, ligado a tu número de obra.
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Firma y guarda el acuse
El acuse trae el número de registro de obra. Es el que usas en el SUA para identificar a los trabajadores de esa obra.
Si eres subcontratista y no te entregan el número de registro de la obra principal, el sistema permite presentar un aviso de ubicación de obra para que cumplas por tu parte.
La obra cambia y el IMSS tiene que saberlo
El SIROC maneja seis incidencias:
| Incidencia | Cuándo se usa |
|---|---|
| Actualización | Cambió el monto, la superficie o la fecha de término. Se permite hasta tres veces. |
| Suspensión | Los trabajos se detienen. |
| Reanudación | Los trabajos se retoman. |
| Cancelación | La obra no se ejecutó. |
| Reporte bimestral | Informa el avance de la obra en el bimestre. |
| Terminación | La obra concluyó. |
La suspensión, la reanudación, la cancelación y la terminación se avisan dentro de los cinco días hábiles siguientes a que ocurren.
Por qué el IMSS revisa tanto a la construcción
Con el monto y la superficie que declaras, el Instituto puede estimar la mano de obra que debió emplearse y compararla con las cuotas que pagaste en el SUA con ese número de registro. Si la diferencia es grande, el artículo 18 del mismo Reglamento le permite determinar las cuotas de forma presuntiva.
Por eso el registro no es un trámite aislado. Tiene que coincidir con tus contratos, tus estimaciones, tu nómina y, si aplica, con tu REPSE y tus informativas cuatrimestrales.
Llevar un expediente por obra, con contrato, acuses del SIROC, cédulas del SUA y comprobantes de pago, es la mejor defensa que tienes.
Preguntas frecuentes
¿El SIROC tiene costo?
No. El registro de obra, sus fases e incidencias es un trámite gratuito del IMSS y se hace por internet.
¿El dueño de una casa en construcción debe registrarla?
En obra privada el propietario es sujeto obligado, junto con los contratistas y subcontratistas. Si contratas a una constructora, confirma que registró la obra y pide copia del acuse.
¿Qué pasa si no registré la obra a tiempo?
Se registra cuanto antes. El registro extemporáneo es mejor que ninguno, porque el IMSS puede detectar la obra por otras vías y determinar cuotas de forma presuntiva, con multas.
¿SIROC y REPSE son lo mismo?
No. El SIROC es del IMSS y registra obras de construcción. El REPSE es de la STPS y registra a quien presta servicios u obras especializadas con su personal. Una constructora subcontratada suele necesitar ambos.
Fuentes oficiales consultadas
- IMSS: trámite IMSS-02-097, registro de obra, fases e incidencias
- IMSS: portal del SIROC
- IMSS: preguntas normativas frecuentes del SIROC
- IMSS: preguntas operativas frecuentes del SIROC
Esta guía es informativa y refleja las reglas vigentes a su fecha de actualización. Tu caso puede tener particularidades: confírmalo con un contador antes de decidir.





